La firma de Diego García de Herrera

Firma autógrafa de Diego García de Herrera, señor consorte de las islas de Canaria, en 1457 (fuente: Archivo Municipal de Burgos, signatura C3-3-16-27).

A la hora de reconstruir los hechos históricos, el estudio de la documentación pública resulta extremadamente útil puesto que esta nos ofrece una visión oficialmente testimoniada de los mismos. A diferencia de las crónicas e historias, que son relatos escritos desde la subjetividad de un observador o, a lo sumo, de un investigador alejado cronológicamente de los sucesos narrados, los documentos públicos, redactados por un colectivo de profesionales de la consignación de datos –escribanos o notarios–, ofrecen el testimonio directo de los protagonistas de los eventos o, al menos, de informadores de primera mano.

Es por ello que en el transcurso de nuestras investigaciones procuramos localizar la mayor cantidad posible de escrituras públicas, y aunque algunas de ellas no guardan relación directa con la historia de Canarias, siempre cabe la posibilidad de que estas acaben aportando algún dato inédito, inadvertido o, al menos, curioso. Es el caso del testamento de Pedro García de Herrera, mariscal de Castilla y padre del último señor consorte de las islas de Canaria, Diego García de Herrera.

La primera mención a este documento que localizamos en Internet pertenece a la web del Castillo de Ampudia, población que había sido feudo principal de este personaje. En agosto de 2014 nos pusimos en contacto con la vicepresidenta de la Fundación Eugenio Fontaneda, Cristina Fontaneda Berthet, encargada de la gestión del castillo, quien amablemente nos informó sobre la existencia de un traslado de dicho testamento custodiado en la parroquia de San Miguel de Ampudia. Sin embargo, desde dicha parroquia se nos remitió al Archivo Diocesano de Palencia, puesto que la documentación había sido trasladada al mismo. Con todo, nos fue imposible en aquellos momentos lograr comunicarnos con dicho Archivo, por lo que decidimos aplazar temporalmente nuestras pesquisas.

Fue en enero del presente año cuando recordamos casualmente un dato inserto en la Historia de fray Juan de Abreu Galindo, y es que según este misterioso autor, el testamento, del que él mismo se valió para consignar algunos datos familiares de Diego de Herrera, se guardaba en el monasterio de San Juan, en Burgos.[1]ABREU (1868), p. 65. Al visitar la base de datos del Archivo Municipal de Burgos pudimos comprobar con gran satisfacción que ya se encontraban digitalizados varios documentos interesantes:

Sin embargo, no hallamos mención alguna al testamento del Mariscal, por lo que nos pusimos en contacto con la responsable del Archivo, Beatriz Fernández García, quien nos informó de que aún quedaban documentos por clasificar procedentes del monasterio de San Juan, especialmente en la caja C3-3-16, por lo que le solicitamos que tratase de localizar para nosotros el testamento.

Aquí queremos destacar la importancia que tiene para la investigación historiográfica la anónima aunque impagable labor del personal archivero: en cuestión de unas horas, la amable Beatriz nos comunicó que había localizado el testamento del Mariscal, procediendo seguidamente a digitalizarlo conforme a nuestra petición. Y es así que hoy podemos acceder públicamente a este testimonio:

Comienzo del testamento del mariscal Pedro García de Herrera, padre de Diego García de Herrera, último señor consorte de las islas de Canaria (fuente: Archivo Municipal de Burgos, signatura C3-3-16-27, fol. 2r.).

Un detalle curioso acerca de este documento es que al final del mismo se inserta un poder otorgado en al año 1457 por los hermanos Herrera para el cobro de ciertas deudas y a su término figura la firma autógrafa de Diego de Herrera –ver la imagen que encabeza el artículo– junto a las de algunos de sus hermanos. Además, la portada, redactada probablemente por un archivero anónimo de entre los siglos XVIII-XIX a juzgar por la caligrafía, nos hace la errónea aseveración de que el mariscal Pedro García de Herrera había sido señor y conquistador de las islas de Canaria.

Por razones de espacio, de la transcripción que hemos realizado del testamento ofrecemos solo el fragmento correspondiente al folio recto de inicio.

1

In dey nomyne Amen sepan quantos esta carta de testamento vieren como yo pero garcia

 

de herrera mariscal de castilla e del consejo del rey nuestro señor estando enfermo

 

de mi cuerpo de dolençia que dios por su merçed me quiso dar e sano en mi buena

 

memoria e entendimiento por que la vida deste mundo es inçierta por quel ome non

5

sabe el dia nin la ora que dios embiara por el a la muerte es çierta et por que mu

 

chas veses acontesçe delos omes morir syn testamento delo qual se sygue

 

grand peligro al anima por que en los bienes que quedan e dexan quedan ruydos

 

e escandalos e pleitos entre los herederos et por ende queriendo lo sobre

 

dicho enmendar e aredrar et creyendo fyrmemente en la santa trinidad padre e

10

fijo e espiritu santo que son tres personas e una esençia deuina otorgo e conos

 

co que fago e ordeno este mi testamento e mi postrerisima voluntad a seruiçio

 

de nuestro señor dios e de nuestra señora santa marya su madre a quien yo tengo

 

por señora e por abogada en todos los mis fechos e a onrra de todos

 

los santos e santas de la corte çelestial. primeramente do e ofresco

15

la mi anima a nuestro señor dios que la conpro e redymio por la su pre

 

çiosa sangre e el cuerpo a la tierra donde fue formado e creado et man

 

do que quando la voluntad fuere de nuestro señor dios de leuarme deste mundo que

 

(mandas) el mi cuerpo sea enterrado e sepultado en la yglesia de san miguel de la

 

mi villa de fuentenpudia en la capilla mayor delante el altar mayor

20

(que se haga un) iten mando que se faga e acabe el ospital que yo tengo aqui en esta dicha

 

(Hospital) mi villa de fuentenpudia otrosy mando para que lo fagan e acaben que se le den

 

(en Ampudia) dies e seys mill maravedis quel conçejo desta dicha mi villa me han a dar

 

del seruiçio deste presente anno de la fecha desta carta de testamento et

 

mando que fagan en el dicho ospital un altar que sea la bocaçion de nuestra

25

(y) señora santa marya et otrosy mando que se pongan en el dicho ospital

 

(le dota.) pobres a los quales mando para su mantenymyento e prove

 

ymiento treynta fanegas de pan e doss myll e seteçientos maravedís dela renta del lu

 

gar de rayases al qual dicho lugar de rayases con sus terminos e ren

 

tas dexo e mando que sean para proveymiento de los pobres que en el estouyeren et que

30

sea pago del dicho ospital el señor de la dicha mi villa de fuentenpudia.

 

Et mando mas para proveymiento delos dichos pobres los seteçientos maravedis de la

 

martiniega que el conçejo dela dicha villa de fuentenpudia me da por la martiniega

 

de valloria et mas los dosçientos maravedis que el dicho conçejo da por el ma

 

yoradgo de rayases et mando que los pobres que alli estouieren que esten

35

segund e por la via e ordenança que estan los pobres dela cofradia de esgue [continúa]

Antonio M. López Alonso

Referencias

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