CONSTATADO OFICIALMENTE: dato procedente de algún documento público signado por notario o escribano.
CONSTATADO EXTRAOFICIALMENTE: dato procedente de alguna fuente primaria no oficial (crónica, historia, relación, etc.).
ESPECULATIVO PROBABLE: dato propuesto inferido de alguna prueba fehaciente, siendo factible su acotación cerrada en el tiempo o en el espacio.
ESPECULATIVO IMPROBABLE: dato propuesto inferido de alguna prueba fehaciente, no siendo factible su acotación cerrada en el tiempo o en el espacio.
CONTROVERTIDO: dato sujeto a debate o controversia no resuelta.
DESCONOCIDO / FICTICIO / PROVISIONAL: dato sujeto a alguna de estas características y no susceptible de inclusión en otra categoría.
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 CRONOLOGY

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1478-05-26Fernando V de Castilla ordena a los comandantes de la armada conquistadora de Gran Canaria ayudar a Fernán Peraza a sofocar un brote de rebelión en La GomeraSevilla (Corona de Castilla)
  • La orden responde a la petición de ayuda formulada por Fernán Peraza, quien se queja de que algunos vecinos de La Gomera pretenden substraerse del Señorío y se niegan a entregarle las rentas y derechos que le corresponden, con el apoyo de Portugal, acogiendo y manteniendo a algunos súbditos de dicho reino.
  • Se exceptúa a los gomeros del bando de Orón / Orone, que siempre fueron leales a la Corona de Castilla.
  • Peraza pide ayuda para castigar y someter a los rebeldes.
Diego Sánchez
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Juan Bermúdez
Juan de Frías
Juan Rejón
Pedro Camañas
2018-01-29
1492-06-08Los Reyes Católicos aplazan el depósito de 500.000 maravedís con los que Beatriz de Bobadilla debía cubrir las indemnizaciones a los compradores de los gomeros esclavizados tras la rebelión de 1488Córdoba (Corona de Castilla)
  • Los monarcas sobreseen sus cartas y sobrecartas que ordenaban a Beatriz de Bobadilla el depósito del importe hasta escuchar las alegaciones de los gomeros, ya que Bobadilla había comparecido ante el Consejo Real para justificar la venta de los prisioneros.
  • Bobadilla defendió su actuación argumentando que:
    1. Los gomeros cautivados no eran ni fueron cristianos aunque tenían nombre de tales, ya que no hacían obras de cristiano ni se preocupaban de bautizarse, tenían ocho o diez mujeres, vivían desnudos y se llamaban con nombres gentiles. No permitían cristianos entre ellos y les hacían otras muchas supertiçiones a todas sus cristianas.
    2. Hacía ocho o diez años (por 1482 ó 1484) que Fernán Peraza se había quejado a los Reyes Católicos y al obispo de Canaria (Juan de Frías) al respecto, y que al final había llegado a un acuerdo con los gomeros mediante el deán de San Juan(?) y otras personas, por el que estos se comprometían a abandonar sus ritos e herrores y ser buenos cristianos o, de lo contrario, serían conquistados e dados en cabtiuerio e perpetua seruidumbre.
    3. Los gomeros no habían cumplido lo pactado, y como Fernán Peraza había tratado de que lo hiciesen, entre todos tramaron matarles a ambos y a sus hijos, librándose estos y ella por haberse refugiado en una torre de la dicha ysla, que le avían tenido çercada mucho tiempo.
Beatriz de Bobadilla
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Francisco de Maldonado
Isabel I de Castilla
Juan de Frías
2018-06-05
1478-02-06Los Reyes Católicos expiden carta ejecutoria de la sentencia de libertad para los gomeros deportados por Fernán Peraza el JovenSevilla (Corona de Castilla)
  • Los monarcas resumen el pleito habido entre don Juan de Frías, obispo de Rubicón, de una parte, y los capitanes Alonso Gutiérrez, Fernán Martínez Nieto, Diego Gil, Alonso Sánchez Vaquenas, Juan Martínez de la Monja Juan de Triana, de la otra parte, vecinos de Palos y de Moguer, responsables de transportar en sus carabelas a varios hombres y mujeres de La Gomera con sus hijos, que fueron vendidos como esclavos en dichas villas.
  • Frías atestiguó haber estado muchas veces entre ellos como su pastor y prelado, que recibían los sacramentos y pagaban sus diezmos y que eran buenos cristianos, rogando, en consecuencia, que les devolviesen la libertad.
  • Convocados los denunciados ante los jueces comisarios Villalón y Ramírez de Zamora, negaron que el obispo pudiese ser parte en el pleito y que su demanda adolecía de errores.
  • Al no llegarse a un acuerdo, Frías solicitó que los oidores sentenciasen el caso, lo que así hicieron en ausencia de los demandados, que no se presentaron al dictamen en la posada del Dr. Ramírez de Zamora.
  • Los jueces dieron la razón a Juan de Frías, dictaminando que los deportados, al ser cristianos y libres, non podieron nin deuieron ser catiuos nin detenidos en seruidumbrey que debían ser puestos en libertad.
  • Los demandados fueron condenados a abonar las costas del pleito, estimadas por Frías en 1.200 maravedís.
  • Frías solicitó y obtuvo la expedición de la carta ejecutoria.
  • La carta incluye una lista de casi un centenar de nombres de las personas deportadas, sin incluir los neonatos y bebés paridos por algunas de las mujeres al tiempo de su captura. Entre los hombres figura un tal ferrando el capitán de mulagua.
Alonso Gutiérrez
Alonso Yáñez Vaquenas
Andrés de Villalón
Diego Gil
Diego Sánchez
Fernán Martínez Nieto
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Isabel I de Castilla
Juan de Frías
Juan de Triana
Juan Martínez de la Monja
Lope Sánchez de Villarreal
Nuño Ramírez de Zamora
2023-02-05
1489-07-18Fernando II de Aragón responde al gobernador de Ibiza que permita la venta de ciertos esclavos gomeros llevados a la IslaBaza (Emirato de Granada)
  • Fernando II responde a la carta enviada el día 9 del corriente por el gobernador de Ibiza (Bernat Joan Salvà), en la que le pregunta al monarca si Cristóbal Garrido, maestre de una carabela de Palos, y el piloto Juan Alonso Cota, tienen autorización regia para vender unos 90 esclavos canarios en la Isla.
  • El rey ratifica al Gobernador que los interesados pueden proceder a la venta de los esclavos, así como que los compradores podrán conservarlos en su poder, pues tanto él como la reina los habían condenado por herejes y por cierta malicia que cometieron contra su señor.

Observación

  • Se refiere a los esclavos gomeros cautivados por participar o ser cómplices en el asesinato de Fernán Peraza el Joven.

 

Bernat Joan Salvà
Cristóbal Garrido
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Juan Alonso de Cota
Luis González
2019-07-18
1489-07-23Fernando II de Aragón ordena al gobernador de Ibiza que no ponga impedimento a la venta de noventa y un esclavos gomerosBaza (Emirato de Granada)
  • El rey le comunica al gobernador Bernat Joan Salvà que ha sido informado de que la carabela Santa María de la Antigua había arribado a Ibiza, aproximadamente hacía un mes, con el patrón Cristóbal Garrido, vecino de Sevilla, y Juan Alonso Cota, facedor de Beatriz de Bobadilla, para vender 91 esclavos canarios ganados en la conquista de las Islas.
  • Cota se quejó de que el gobernador, a petición de algunas personas de Ibiza movidas de cierta codicia, le había requisado la nave con toda su mercancía, alegando que los cautivos eran robados, cristianos y no de buena guerra, y que a pesar de sus reiteradas peticiones para mostrarle que los esclavos eran propiedad de Bobadilla y que se los devolviese junto con la carabela, Salvà no quiso hacerlo.
  • El rey ordena a Salvà restituir sin dilación la nave y los esclavos, además de permitirle a Cota vender su mercancía libremente e indemnizarle las costas de la causa abierta por este caso.

Observación

  • Es seguro que se trata de una parte de los gomeros deportados tras la rebelión de La Gomera de 1488.
Beatriz de Bobadilla
Bernat Joan Salvà
Cristóbal Garrido
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Joan de Coloma
Juan Alonso de Cota
2019-07-19
1488-11-20Rebelión de La Gomera: los alzados matan a Fernán Peraza el Joven y asedian la torre de San SebastiánGuadajume (Señorío de La Gomera)Alonso de Campo
Antonio de la Peña
Beatriz de Bobadilla
Fernán Peraza el Joven
Guillén Peraza de Ayala
Iballa
Inés de Herrera
Pablo Hupalapu
Pedro Hautacuperche
2019-11-07
1412-06-28Compromiso de Caspe: el infante castellano Fernando de Trastámara es elegido rey de Aragón como Fernando ICaspe (Corona de Aragón)Fernando I de Aragón
2017-04-12
1475-08-21El concejo de Lanzarote nombra a Juan Mayor y Juan de Armas procuradores de los vecinos ante Fernando V de CastillaLanzarote (Señorío de las islas de Canaria)
  • Nombramiento como procuradores, embajadores y mensajeros.
  • Con potestad para solicitar préstamo en Castilla de hasta 15.000 maravedís, y para nombrar procuradores sustitutos.
  • Testigos: Juan de Alanis, Juan de Mayorga y otros.
  • Escribano: Juan Ruiz de Zumeta.

Observación

  • La carta de fe lleva una fecha formalmente correcta, lunes 21 de agosto de 1475. En cambio, la carta de procuración está fechada incorrectamente el lunes 20 de agosto de 1475. Parece conveniente dar por buena la primera fecha y suponer que ambos documentos se firmaron el mismo día.
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Juan de Alanis
Juan de Armas
Juan de Mayorga
Juan Mayor
Juan Ruiz de Zumeta
2018-02-27
1489-07-09El gobernador de Ibiza consulta a Fernando II de Aragón si debe autorizar la venta de ciertos esclavos gomeros traídos por Cristóbal Garrido y Juan Alonso CotaIbiza (Corona de Aragón)
  • No se conserva la carta propiamente dicha sino que se tiene referencia de ella a través de la respuesta del monarca, firmada el 18 de julio.
Bernat Joan Salvà
Cristóbal Garrido
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Juan Alonso de Cota
2018-06-06
1478-02-20Los Reyes Católicos ordenan el rescate de los gomeros deportados por Fernán Peraza el Joven en 1477 Sevilla (Corona de Castilla)
  • La orden responde a la petición de Juan de Frías, obispo de Rubicón, de liberar a los cautivos gomeros y ponerlos a su disposición para devolverlos a La Gomera.
  • Los reyes ordenan a Juan de Aranda Lope Sánchez de Villarreal investigar dónde se encuentran dichos gomeros, en especial en las villas de Jerez de la Frontera, Palos y Moguer, y averiguar los nombres de los vendedores y compradores, liberar a los cautivos que encuentren y entregárselos al obispo de Rubicón o a persona apoderada para recibirlos.
  • Los compradores conservarán el derecho a reclamar a los vendedores el importe de sus esclavos.
  • En caso de que los compradores no quisiesen revelar el paradero de sus esclavos, las autoridades podrán apresarlos hasta que entreguen estos.
Antón Rodríguez de Lillo
Diego Sánchez
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Isabel I de Castilla
Juan Arias Dávila
Juan de Aranda
Juan de Frías
Juan Ruiz del Castillo
Lope Sánchez de Villarreal
Luys Doctor
Muños Doctor
Pedro de Mercado
2018-01-29